El texto original de 2006 creó el derecho a la repatriación, pero el abandono —cuando el armador simplemente desaparece— necesitaba una protección más fuerte. Ese vacío se cerró con las enmiendas adoptadas en 2014 que entraron en vigor el 18 de enero de 2017 (Norma A2.5.2). Esta parte se basa en esas enmiendas, que no figuran en el texto base de 2006.
¿Cuándo se considera "abandonado"?
Cuando el armador:
- no cubre el costo de su repatriación;
- le deja sin el mantenimiento y apoyo necesarios (alimentos, agua, combustible, alojamiento, atención médica); o
- rompe unilateralmente su vínculo con usted, incluido el impago del salario durante al menos dos meses.
Qué cubre la garantía financiera
El Estado del pabellón exige a los buques un sistema de garantía financiera rápido y eficaz (normalmente mediante un seguro P&I). Cubre:
- hasta cuatro meses de salarios y prestaciones pendientes;
- todos los gastos de repatriación;
- las necesidades básicas desde el abandono hasta la llegada a casa: comida, ropa, alojamiento, agua potable, combustible y atención médica.
A bordo debe haber un certificado con los datos de contacto del proveedor de la garantía, expuesto en un lugar visible. La persona afectada o su representante puede reclamar directamente al proveedor.
Imagen: DmitTrix / Wikimedia Commons, CC BY 4.0
Protecciones relacionadas
- Texto base: si el armador no repatría, interviene el Estado del pabellón (Norma A2.5, párrafo 5).
- Regla 4.2: se exige una garantía financiera aparte para muerte e incapacidad de larga duración (parte 11).
- Enmiendas de 2018: el salario sigue pagándose mientras la persona está retenida por piratas.
Si cree que le han abandonado
- Conserve sus liquidaciones, el acuerdo y todos los mensajes.
- Fotografíe el certificado de garantía financiera a bordo.
- Contacte con el Estado del pabellón, el inspector del Estado rector del puerto y su sindicato (por ejemplo, inspectores de la ITF).
- Su sindicato puede notificar el caso a la base de datos de abandonos de la OIT.
Consejo práctico: al embarcar, compruebe que el certificado de garantía financiera está expuesto. Si falta, es una deficiencia en una inspección en puerto.
Fuente: ILO, Maritime Labour Convention, 2006 — Norma A2.5.2 (enmiendas de 2014). Este artículo se basa en el texto del MLC 2006 publicado por la OIT y tiene fines informativos. La legislación del Estado del pabellón o su convenio colectivo pueden ofrecer condiciones más favorables; ante un conflicto concreto, consulte a su sindicato o a un abogado.
Serie completa: Guía MLC 2006: derechos de la gente de mar





