El buque es a la vez su lugar de trabajo y su casa. El Título 3 del MLC fija, con medidas, los mínimos de esa casa. Los requisitos de construcción se aplican a buques construidos después de la entrada en vigor del Convenio para el Estado del pabellón; los buques anteriores siguen los convenios previos de la OIT (núms. 92 y 133).
Requisitos generales
- Altura libre mínima de 203 cm donde se necesite libertad de movimiento.
- En buques no de pasaje, los dormitorios deben estar por encima de la línea de carga, en el centro o a popa.
- Ninguna abertura directa a los dormitorios desde espacios de carga o de máquinas, cocinas o aseos comunes.
- Aire acondicionado, salvo en buques que navegan en climas templados; calefacción, salvo en buques exclusivamente tropicales.
- Dormitorios y comedores deben tener luz natural.
Camarotes (Norma A3.1, párrafo 9)
- En buques no de pasaje, un dormitorio individual para cada persona (con posibles excepciones por debajo de 3.000 GT y en buques de propósito especial).
- Dormitorios separados para hombres y mujeres.
- Una litera propia para cada persona, de al menos 198 × 80 cm interiores.
- Superficie del camarote individual: 4,5 m² por debajo de 3.000 GT, 5,5 m² entre 3.000 y 10.000 GT, 7 m² desde 10.000 GT.
- Oficiales sin sala de estar privada: 7,5 / 8,5 / 10 m².
- El capitán, el jefe de máquinas y el primer oficial disponen además de una sala de estar contigua.
- Cada ocupante tiene un armario con llave de al menos 475 litros, un cajón de 56 litros y una mesa o escritorio.
Imagen: Naval Surface Warriors / Wikimedia Commons, CC BY-SA 2.0
Otros espacios
- Al menos un inodoro, un lavabo y una ducha o bañera por cada seis personas sin instalaciones propias; agua dulce caliente y fría.
- Enfermería en buques con 15 o más personas en viajes de más de tres días.
- Lavandería, espacio en cubierta abierta para el tiempo libre e instalaciones de esparcimiento adecuadas.
- La Pauta B3.1.11 recomienda un acceso razonable al teléfono, correo electrónico e internet a un precio razonable.
Alimentación y agua (Regla 3.2)
- La comida es gratuita durante el periodo de empleo.
- Los alimentos y el agua potable deben ser suficientes en cantidad, valor nutritivo, calidad y variedad, teniendo en cuenta las prácticas religiosas y culturales.
- Los cocineros deben estar formados y cualificados; ningún menor de 18 puede ser cocinero.
- El capitán inspecciona con frecuencia, y documenta, los víveres, el agua, las gambuzas y la cocina.
Consejo práctico: alojamiento, comida y agua figuran entre las deficiencias MLC más registradas en las inspecciones en puerto. Informe primero del problema mediante el procedimiento a bordo (parte 12).
Fuente: ILO, Maritime Labour Convention, 2006 — Reglas 3.1, 3.2, Normas A3.1, A3.2. Este artículo se basa en el texto del MLC 2006 publicado por la OIT y tiene fines informativos. La legislación del Estado del pabellón o su convenio colectivo pueden ofrecer condiciones más favorables; ante un conflicto concreto, consulte a su sindicato o a un abogado.
Serie completa: Guía MLC 2006: derechos de la gente de mar





