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Guía RIPA 2: Reglas 1-3 Ámbito de Aplicación, Responsabilidad y Definiciones

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Guía RIPA · 2. bölüm

Las tres primeras reglas del RIPA fijan el marco desde el que se leen todas las demás.

Regla 1 - Ámbito de aplicación

El reglamento se aplica a todos los buques en alta mar y en todas las aguas navegables por buques de mar conectadas a ella. Las autoridades locales pueden dictar reglas especiales para puertos, ríos y lagos, que deben ajustarse en lo posible al RIPA. Existen además reglas especiales para los dispositivos de separación de tráfico.

Regla 2 - Responsabilidad

Cumplir el reglamento al pie de la letra no es excusa. Nada en el reglamento exime a un buque de las consecuencias de descuidar las precauciones exigidas por la buena práctica marinera o por las circunstancias especiales del caso. Además, se permite apartarse del reglamento cuando sea necesario para evitar un peligro inmediato. Esta es la regla de "buena práctica marinera" que está por encima de todas las demás.

Regla 3 - Definiciones generales

  • Buque: toda clase de embarcación utilizada o capaz de ser utilizada como medio de transporte sobre el agua.
  • Buque de propulsión mecánica: cualquier buque movido por una máquina.
  • Buque de vela: todo buque navegando a vela, siempre que su maquinaria propulsora, si la lleva, no esté en uso.
  • Buque dedicado a la pesca: el que pesca con redes, líneas, aparejos de arrastre u otro arte que restrinja su maniobrabilidad.
  • Buque sin gobierno (NUC): el que por alguna circunstancia excepcional no puede maniobrar como exige el reglamento.
  • Buque con capacidad de maniobra restringida (RAM): restringido por la naturaleza de su trabajo, por ejemplo tendido de cables u operaciones de buceo.
  • Buque restringido por su calado (CBD): severamente limitado para apartarse de su rumbo por la relación entre su calado y la profundidad disponible.
  • Navegando: un buque que no está fondeado, amarrado a tierra ni varado.
  • Buques a la vista uno del otro: solo cuando uno puede ser observado visualmente desde el otro.
  • Visibilidad restringida: cualquier condición en que la visibilidad se ve reducida por niebla, bruma, nieve, lluvia intensa, tormentas de arena u otras causas similares.

Conocer estas definiciones es el primer paso para entender la jerarquía de "quién cede el paso a quién" de la Regla 18.

Las siguientes entregas de esta serie recorren el reglamento en orden.

Bu yazıdaki görseller temsilidir; konuyu görselleştirmek amacıyla kullanılmıştır.

Görsel kaynağı: S.J. de Waard — CC BY 2.5 — https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Electronic_nautical_chart_of_Periscal_Tresco_(02).JPG

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