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Guía MLC 1: ¿Qué es el MLC 2006? La carta de derechos de la gente de mar

Equipo Faroys28/9/2026
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Guía MLC 2006: derechos de la gente de mar · parte 1

El Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006 (MLC, 2006) fue adoptado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el 23 de febrero de 2006 y entró en vigor el 20 de agosto de 2013. Refundió 37 convenios marítimos anteriores en un único instrumento actualizado; por eso se le llama la carta de derechos de la gente de mar.

¿A quién y a qué buques se aplica?

  • Gente de mar: toda persona empleada, contratada o que trabaje a bordo de un buque al que se aplique el Convenio, en cualquier cargo: del capitán al camarero, del cadete al personal de hotel.
  • Buque: todos los buques, públicos o privados, dedicados habitualmente a actividades comerciales.
  • Excluidos: buques pesqueros, embarcaciones de construcción tradicional (como dhows y juncos), buques de guerra y unidades navales auxiliares, y embarcaciones que operan solo en aguas interiores o abrigadas.

Sus cuatro derechos básicos (Artículo IV)

  1. Un lugar de trabajo seguro que cumpla las normas de seguridad.
  2. Condiciones de empleo justas.
  3. Condiciones dignas de trabajo y de vida a bordo.
  4. Protección de la salud, atención médica, bienestar y otras formas de protección social.

Además, la libertad sindical, la eliminación del trabajo forzoso e infantil y la no discriminación son principios fundamentales (Artículo III).

Guía MLC 1: ¿Qué es el MLC 2006? La carta de derechos de la gente de mar Imagen: Globetrotter19 / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0

Cómo leer el texto

El Convenio tiene tres niveles: Artículos, Reglas y Código. El Código tiene dos partes: la Parte A (Normas) es obligatoria y la Parte B (Pautas) no es obligatoria, pero orienta la aplicación. Todo se agrupa en cinco Títulos:

  • Título 1: Requisitos mínimos para trabajar a bordo (edad, salud, formación, contratación)
  • Título 2: Condiciones de empleo (acuerdo, salarios, horas, vacaciones, repatriación)
  • Título 3: Alojamiento, instalaciones de esparcimiento, alimentación
  • Título 4: Salud, atención médica, bienestar y seguridad social
  • Título 5: Cumplimiento y control de la aplicación

Cómo lo verá a bordo

Los buques de 500 GT o más en viajes internacionales deben llevar un Certificado de Trabajo Marítimo y una Declaración de Conformidad Laboral Marítima (DMLC). El certificado vale hasta cinco años, requiere una inspección intermedia entre el segundo y el tercer aniversario y una copia debe exponerse en un lugar visible a bordo. Todo buque debe llevar además un ejemplar del Convenio.

Consejo práctico: en su primera semana a bordo, localice dónde están expuestos el certificado y la DMLC. La Parte I de la DMLC indica qué leyes nacionales aplican cada requisito: ahí sus derechos se vuelven concretos.


Fuente: ILO, Maritime Labour Convention, 2006 — Artículos I–VI, Título 5. Este artículo se basa en el texto del MLC 2006 publicado por la OIT y tiene fines informativos. La legislación del Estado del pabellón o su convenio colectivo pueden ofrecer condiciones más favorables; ante un conflicto concreto, consulte a su sindicato o a un abogado.

Serie completa: Guía MLC 2006: derechos de la gente de mar

Las imágenes de este artículo son ilustrativas y se usan para visualizar el tema.

Fuente de la imagen: Alf van Beem — CC0 — https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Holmon_-_IMO_7531357_at_Rotterdam.JPG

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